Endurecen sanciones por homicidio dentro del núcleo familiar en Tamaulipas

 

La Legislatura 66 aprobó por unanimidad reformas al Código Penal local en materia de homicidio en razón de parentesco.

 

El proyecto de decreto deriva de la iniciativa promovida por la diputada Lucero Deosdady Martínez López, integrante del Grupo Parlamentario de MORENA, con el objetivo de consolidar las figuras de filicidio y parricidio, delitos de homicidio cometidos en contra de la madre, el padre o los hijos, bajo un tipo penal más amplio denominado “homicidio en razón de parentesco”, en armonía con el marco jurídico federal.

 

Estos delitos se caracterizan por la gravedad de las conductas, al representar la máxima ruptura del vínculo de especial confianza y protección que existe dentro de la institución social de la familia.

 

“Si bien el tipo básico de homicidio es considerado una de las conductas más graves al atentar directamente contra el derecho fundamental a la vida, también resulta necesario reconocer la dimensión familiar dentro del mismo”, expresó.

 

El dictamen establece, en el artículo 337 Quáter del Código Penal, sanciones de 40 a 60 años de prisión para quienes, de manera dolosa, priven de la vida a ascendientes, descendientes, hermanos, cónyuges, convivientes, adoptantes o adoptados.

 

“Contar con un Código Penal armonizado con el orden federal brindará una protección reforzada para todas las familias del pueblo de Tamaulipas”, destacó.

 

Asimismo, se reformó el artículo 126 para garantizar la imprescriptibilidad de estos delitos cuando involucren a personas menores de edad.

 

La acción legislativa también contempla la derogación de los capítulos V y VI, así como de los artículos 350, 351, 352, 353 y 355 del Código Penal de Tamaulipas, a fin de unificar y armonizar la normativa local con la legislación federal, asegurando mayor claridad y precisión en la tipificación de los delitos y sus sanciones.

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